Los derechos humanos de las personas jurídicas
“El objetivo de la eliminación de todas formas de discriminación del artículo 1.1 Es terminar con la personalidad jurídica condicionada o sub condicione, en virtud de la cual sólo algunas personas merecen ser protegidas por el Estado”.
-
Nombre
Facultad de Derecho de la Pontificia Universidad Católica de Chile
País
Chile
Descripciones
La Facultad de Derecho de la Pontificia Universidad Católica de Chile trabaja en la formación de profesionales en derecho inspirados en principios cristianos dispuestos a servir a las personas y a la sociedad.
Ejes temáticos
Enseñanza del derecho
-
Nombre para referencias
Los derechos humanos de las personas jurídicas
Nombre de la Opinión Consultiva
Titularidad de derechos humanos de las personas jurídicas en el Sistema Interamericano de Derechos Humanos (interpretación y alcance del artículo 1.2, en relación con los artículos 1.1, 8, 11.2, 13, 16, 21, 24, 25, 29, 30, 44, 46 y 62.3 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos así como del artículo 8.1.a y b del Protocolo de San Salvador) realizada el 26 de febrero de 2016.
Información de identificación de la Opinión Consultiva
Opinión Consultiva OC-22/16 de 26 de febrero de 2016. Serie A No. 24.
Resumen de la Opinión Consultiva
La opinión consultiva 22/14 de la Corte interamericana de Derechos Humanos, fue solicitada con la finalidad de que la Corte IDH brinde respuestas respecto a si las Personas Jurídicas son titulares de derechos a la luz de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.
Derechos analizados
- Carta OEA. Artículo 36: Igualdad ante la ley de personas jurídicas.
- Convenio Europeo de Derechos Humanos. Artículo 34: Demandas individuales.
- Protocolo Adicional al Convenio para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales. Artículo 1: Derecho a la propiedad.
- Convención Americana sobre Derechos Humanos. Artículo 16: Libertad de asociación. Artículo 24: Igualdad ante la ley.
- Protocolo de San Salvador. Artículo 8: Derechos Sindicales.
-
Interés de participación
Ofrecer insumos jurídicos relevantes para la creación de la Opinión Consultiva
Pretensión jurídica
Brindar elementos jurídicos de apoyo a la Corte Interamericana de Derechos Humanos para sentar las bases en la creación de criterios relevantes de derechos humanos referentes a las personas jurídicas.
Argumentos principales
En el derecho y sobre todo al estudiar derechos humanos puede llegar a creerse que las personas jurídicas o morales no son poseedoras de derechos humanos pues ésta rama es únicamente para personas físicas. En el Sistema Interamericano existen criterios contrarios entre la Corte y la Comisión puesto que la Corte ha venido ampliando su criterio mientras que la Comisión ha restringido la presentación de casos en favor de personas jurídicas.
Sin embargo, en ocasiones resulta más beneficioso el reconocimiento de personas jurídicas para la reclamación tales como las asociaciones, violaciones al debido proceso de personas jurídicas o cuando la protección de la persona jurídica pueda impedir la vulneración de derechos humanos a personas individuales.
Normativa y jurisprudencia relevante
Nacional
No se hace referencia.Internacional
- Convención Americana sobre Derechos Humanos
- Artículo 11.1, obligaciones generales.
- Artículo 3, personalidad jurídica Artículo 16.1
- Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre
- Artículo XVII
- Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos de la ONU
- Artículo 16
- Comición Interamericana de Derechos Humanos (CIDH)
- Caso tabacalera boquerón contra Paraguay Caso Mevopal S.A contra Argentina
- Caso Bernard Merens y familia contra Argentina Forzanni Bellardo contra Perú
- Tomas Carvallo contra Argentina Caso Banco de Lima contra Perú
- Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH)
- Caso pueblo indígena kichwa de sarayaku vs. Ecuador
- Caso Cantos vs. Argentina
- Convención Americana sobre Derechos Humanos
-
Referencia al Amicus en la sentencia
Se hace referencia al Amicus en el párrafo 6 de la Opinión consultiva 22.
Referencia al Amicus en otras instancias judiciales
No se tiene información.
Impacto adicional
No se tiene información.