Autonomía de los Estados y prohibición de la cuarta instancia.
“los tribunales internacionales deben abstenerse de revisar procesos en curso o cerrados, salvo que existan razones específicas que lo hagan indispensable. De lo contrario, ejercerían una jurisdicción que está reservada a los Estados. Los tribunales sólo pueden indagar en los aspectos fácticos y jurídicos del caso cuando exista identidad entre la infracción dentro del proceso y la infracción de derechos humanos.”
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Nombre
Alvaro Raúl y Felipe Soza
País
Chile
Descripciones
El señor Raúl Alvaro es doctor por Trinity College Dublin, MJur por la Universidad de Oxford, Profesor Asociado de Derecho Internacional y Derechos Humanos de la P. Universidad Católica de Chile, y director de la Revista Chilena de Derecho, por otro lado, Felipe Soza es egresado de Derecho de la P. Universidad Católica de Chile.
Ejes temáticos
Academia
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Nombre para referencias
Autonomía de los Estados y prohibición de la cuarta instancia.
Nombre del caso
Corte IDH. Caso Manuela y otros Vs. El Salvador. Excepciones preliminares, Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 2 de noviembre de 2021. Serie C No. 441.
Información de identificación de la sentencia
Corte IDH. Caso Manuela y otros vs. El Salvador. Excepciones Preliminares, Fondo, Reparaciones y Costa. Sentencia de 2 de noviembre de 2021. Serie C No. 441
Resumen del caso
La víctima, poseía diversos padecimientos de salud e incluso tuvo un parto extrahospitalario que presentó complicaciones médicas lo que conllevó a que el día 27 de febrero de 2008, fuera llevada al Hospital Nacional de San Francisco Gotera en donde al llegar fue denunciada por la médica que la atendió pues presentaba señales de parto, sin embargo, no tenía producto.
Posteriormente, se inició un proceso penal, en el cual se encontró los restos de un recién nacido en la fosa séptica del hogar por lo que se acusó a Manuela del delito de homicidio en perjuicio de su hijo recién nacido por lo que fue puesta en prisión preventiva y posteriormente condenada a 30 años de prisión, condena que quedó en firme por no impugnación de la sentencia. Una vez encarcelada se le diagnosticó linfoma de Hodgkin con esclerosis nodular y recibió un tratamiento inconsistente, falleciendo el 30 de abril de 2010.Derechos analizados
Convención Americana sobre Derechos Humanos:
- Artículo 4: Vida digna
- Artículo 5: Integridad personal
- Artículo 7: Libertad personal
- Artículo 8: Garantías judiciales
- Artículo 24: Igualdad ante la ley
- Artículo 26: Derechos progresivos
- Artículo 7: Deberes del Estado
- Artículo 34.i y l: Aplicación de la medicina moderna, condiciones que hagan posible una vida digna, sana y productiva
- Artículo 45.h: Políticas de seguridad social
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Interés de participación
Brindar criterios jurídicos con base en instrumentos y jurisprudencia del Sistema Interamericano y aplicación del derecho comparado para que pueda ser tomados en cuenta en el caso Manuela y otros vs. El Salvador.
Pretensión jurídica
Esclarecer a la Corte Interamericana de Derechos Humanos sobre la prohibición de aplicar la llamada “cuarta instancia” como un recurso de impugnación, siendo que la jurisdicción de la Corte versa sobre la protección, defensa y tutela de los derechos humanos y no como una instancia judicial de apelación.
Argumentos principales
El principio de subsidiariedad constituye un principio estructural del derecho internacional de los derechos humanos, el cual permite abrazar tanto el ímpetu universal de la idea de derechos humanos, como la relativa autonomía de los Estados y otras comunidades locales, salvaguardando la protección internacional de los derechos humanos y respetando el ámbito competencial exclusivo de los Estados soberanos. Así mismo el preámbulo de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, indica que su protección internacional es de naturaleza convencional coadyuvante o complementaria de la que ofrece el derecho interno de los Estados americanos por lo que las autoridades nacionales son no solo las primeras en atender las denuncias relativas a los derechos de la Convención y proporcionar recursos, sino también son las que tienen más legitimidad o están mejor situadas que un organismo internacional para decidir sobre cuestiones de derechos humanos.Normativa y jurisprudencia relevante
Nacional
- Decreto 924: Reglamenta clases de religión en establecimientos educacionales
- Código Civil Uruguayo Artículo 84
Internacional
Comité de Derechos Humanos de Naciones Unidas- Asunto Arenz, Röder y Dagmar v. Alemania,
- Caso Clifton Wright vs. Jamaica
- Caso Marzioni vs. Argentina
- Caso Cabrera García y Montiel Flores vs. México, Caso Atala Riffo y niñas vs. Chile
- Caso Palma Mendoza y otros vs. Ecuador
- Caso Villagrán Morales y otros vs. Guatemala
- Caso García Ibarra y otros vs. Ecuador
- Caso Zegarra Marín vs. Perú
- Caso Sánchez vs. Honduras
- Caso Escher y otros vs. Brasil
- Caso Yakye Axa vs. Paraguay
- Caso Lori Berenson Mejía vs. Perú
- Caso Amrhein y otros vs. Costa Rica
- Caso Nogueira de Carvalho y otro vs. Brasil
- Caso Granier y otros vs. Venezuela
- Caso Castillo González y otros vs. Venezuela
- Caso Ruano Torres y otros vs. El Salvador
- Caso Spoltore vs. Argentina
- Caso Canales Huapaya vs. Perú
- Caso Maldonado Vargas y otros vs. Chile
- Caso Mémoli vs. Argentina
Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH)- Caso García Ruiz v. España
- Caso Vidal v. Bélgica
- Caso Barberà, Messegué y Jabardo v. España
- Caso Edwards v. el Reino Unido
- Caso Gurepka v. Ucrania
- Caso Minshall v. el Reino Unido
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Referencia al Amicus en la opinión o caso
En la sentencia se hace referencia al escrito de Amicus Curiae en el párrafo 9
Referencia al Amicus en otras instancias judiciales
No se tiene información.
Impacto adicional
No se tiene información.