Curso de Metodología Themis
Metodología Themis
La Metodología Themis es un esfuerzo conjunto e integral del área Legal de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (en adelante Corte IDH) y del programa Derecho Internacional Regional y Acceso a la Justicia en América Latina (en adelante “DIRAJus”) de la cooperación alemana/GIZ (Bundesministerium für wirtschaftliche Zusammenarbeit und Entwicklung/Deutsche Gesellschaft für Internationale Zusammenarbeit GmbH). Consiste en diferentes instrumentos y herramientas que sirven para profundizar y estructurar la argumentación jurídica en la aplicación del control de convencionalidad y la elaboración de casos concretos en la formación jurídica. En especial, ayuda a ordenar la problemática de una controversia en un caso en concreto, separando los problemas fácticos de los temas de derecho, determinando la relevancia de los hechos o de las consideraciones jurídicas para la argumentación y solución del caso.
Presentación
Introducción
I - Identificar el contexto real (hechos generales y contexto sociopolítico)
Ubicar el contexto del caso. Esta etapa es una primera aproximación al panorama general del caso, sin entrar en consideraciones jurídicas y responde a la pregunta: "de qué se trata el caso?" Ello facilita utilizar a los cuadernillos que se encuentran elaborados por temas. Por ejemplo: corrupción, destrucción del medio ambiente, disputa entre vecinos, hacinamiento carcelario, derechos de pueblos indígenas, divorcio etc.
II - Identificar la pretensión o delitos
En el derecho civil y administrativo contencioso, en esta etapa se debe aclarar lo que el o la demandante busca lograr con su demanda. En el derecho penal se trata de identificar los hechos delictivos.
III - Acercamiento al fundamento legal en el cual se basa la pretensión
En el derecho civil y administrativo contencioso, en esta etapa se debe aclarar lo que el o la demandante busca lograr con su demanda. En el derecho penal se trata de identificar los hechos delictivos.
IV - Identificar los criterios normativos
Se trata de identificar los requisitos legales concretos dentro de una norma particular que podrían sostener la pretensión/ acusación o defensa.
V - Identificar los hechos jurídicamente relevantes– revisar la congruencia entre pretensión/acusación, alegación y fundamento legal y visibilizar la controversia
Análisis de los alegatos de las partes, para identificar los hechos controvertidos y no controvertidos en las cuales se podría basar la decisión judicial. Descartar todo lo que resulte irrelevante.
VI - Identificar las interrogantes del caso
Advertir los problemas de índole fáctica probatoria y de índole meramente jurídica del caso. En esta etapa resulta recomendable consultar a los cuadernillos ya que pueden dar importantes insumos
VII - Interpretar las normas relevantes
Los términos normativos abstractos requieren una interpretación, si resultan pertinentes para la resolución del caso. Para esto existen diferentes métodos de interpretación. Se deben tomar en cuenta las interpretaciones ya aceptadas por la jurisprudencia. En esta etapa se lleva a cabo el control de convencionalidad.
VIII - Valoración de la prueba
En esta etapa se trata de revisar la necesidad de emitir una prevención a las partes por falta de alegación, falta de presentación de pruebas, o si lo estimara conveniente por alguna otra razón procesal. Además, se debe recopilar y ponderar los diferentes elementos de convicción de la persona juzgadora y exponer su veredicto de forma comprensible y transparente.
IX - Subsunción
Relacionar los hechos probados con la norma, ETAPA 9 relevante y su interpretación.
X - Elaboración de la sentencia
La tarea consiste en desarrollar una sentencia o alegato que contenga todos los elementos en los que se basa; significa describir los hechos probados y no controvertidos, las consideraciones fundamentales de la valoración de la prueba y las normas aplicadas con su respectiva interpretación.
Dependiendo del estado del litigio, se pueden omitir etapas. Si P.E.J en la etapa de admisibilidad se constata la inadmisibilidad de una demanda, no es necesario examinar las demás etapas que siguen.